En 38ºNorte realizamos todo el proceso de coordinación, planos georreferenciados junto con el GML para ser entregados ante Notarías, Registros de la Propiedad o bien, tramitar ante la Dirección General del Catastro. Serán exigidos siempre que hayan diferencias en cuanto a superficie de una escritura, Registro de la Propiedad o Catastro y cuando se manifieste una desviación entre lindes. Somos expertos en delimitación de la propiedad, buscamos la exactitud y realidad física en todo momento.
La Ley 13/2015, de 24 de Junio, de Reforma de la Ley Hipotecaria aprobada por Decreto de 8 de Febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley de Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de Marzo ha establecido un sistema de coordinación entre el Registro de la Propiedad y el Catastro Inmobiliario en España, para que éste pueda incorporar la representación gráfica georreferenciada de las fincas registrales.
El objetivo primordial se basará en otorgar la mayor seguridad a los datos de ubicación, delimitación y superficie de las fincas registrales objeto del tráfico jurídico. La coordinación será clave en la incrementación de la seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario.